Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

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EXPEDIENTE:
SX-JRC -0220 -2024
ACTOR:
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
RESPONSABLE:
TRIBUNAL ELECTORAL DE VERACRUZ
AUTO DE TURNO:

Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro.

 

La Secretaria General de Acuerdos da cuenta a la Magistrada Presidenta con el oficio3484/2024 y sus anexos, recibido este día, suscrito por el Secretario General de Acuerdos del Tribunal Electoral de Veracruz con el cual remite, entre otra documentación, el escrito de demanda, por el que Guadalupe Salmones Gabriel, ostentándose como representante suplente del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General del Organismo Público Local Electoral de Veracruz, promueve juicio de revisión constitucional electoral a fin de impugnar la sentencia emitida el pasado dieciséis de agosto por el aludido Tribunal, en los expedientes TEV-RIN-18/2024 y su acumulado TEV-RIN-54/2024 que, entre otras cuestiones, confirmó la declaración de validez y el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez de la elección de diputaciones locales de mayoría relativa, correspondiente al distrito 19, con sede en Córdoba, a favor de la fórmula de candidaturas postulada por la coalición ¨Sigamos Haciendo Historia en Veracruz¨.

 

Con fundamento en los artículos 177, 178, fracción III, 185, fracciones I, IV y VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; relacionados con los numerales 51, fracción I, 52, fracción I, 53, fracción I, y 70, fracción II, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; así como en los Acuerdos Generales 2/2022 y 1/2023 de la Sala Superior de este Tribunal Electoral, SE ACUERDA:

 

PRIMERO. Con la documentación de cuenta, intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave SX-JRC-220/2024.

 

SEGUNDO. Para los efectos previstos en los artículos 19 y 92 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, túrnese el expediente a la ponencia de la suscrita Magistrada Presidenta, por estar relacionado con el diverso SX-JRC-179/2024.

 

TERCERO.Se hace del conocimiento de la parte actora la opción de ser notificada de manera electrónica, previa solicitud a esta Sala Regional, en la que señale una cuenta de correo institucional creada para tal efecto, en términos de lo establecido en los artículos 9, párrafo cuarto y 29, apartado quinto, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, así como en el Acuerdo General 1/2018 de la Sala Superior de este Tribunal, en cuyo anexo 1, punto 3.1, dispone que: para obtener la cuenta institucional, la parte interesada deberá ingresar a la página de internet del Tribunal: http://notificaciones.tribunalelectoral.gob.mx/main.php, acceder al Sistema y seleccionar la opción “Crear nueva cuenta”.

 

NOTIFÍQUESE como en Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Eva Barrientos Zepeda, Presidenta de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante la Secretaria General de Acuerdos, Mariana Villegas Herrera, quien autoriza y da fe. Rúbricas.

 

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con el numeral segundo del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.