Turno de Expedientes
Ciudad de México, a tres de mayo de dos mil veintitrés, se da cuenta a la magistrada Janine M. Otálora Malassis, presidenta por ministerio de Ley de este Tribunal Electoral, con lo siguiente.
Tomando en consideración que la demanda se presentó directamente ante la Sala Superior, a fin de evitar dilaciones en la sustanciación y resolución del presente medio de impugnación; con fundamento en los artículos 171, párrafo tercero, 172, fracciones XVII, XVIII y XXVI, y 182, fracciones I y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 15, fracción I, 20, fracción I, 70, fracción I, 71 y 72, fracción I, del Reglamento Interno de este Tribunal Electoral, así como en los Acuerdos Generales 3/2020, 2/2022, 7/2022 y 1/2023 de esta Sala Superior, SE ACUERDA:
PRIMERO. Integración del expediente. Con la documentación de cuenta y constancias que correspondan, se ordena integrar el expediente respectivo y registrarlo en el Libro de Gobierno con la clave SUP-JDC-182/2023.
SEGUNDO. Turno. Para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se ordena turnar el expediente al magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera.
TERCERO. Requerimiento. Con copia de la documentación de cuenta y anexos, se requiere a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA, para que de inmediato y bajo su más estricta responsabilidad, por conducto de quien la represente, proceda a realizar el trámite previsto en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, y remita las constancias atinentes para la resolución del medio de impugnación.
Notifíquese vía electrónica a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA,acompañando la documentación atinente; por estrados a la actora, así como a los demás interesados. Hágase del conocimiento público en la página de internet de este órgano jurisdiccional.
Así lo acuerda y firma la magistrada presidenta por ministerio de Ley del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el secretario general de acuerdos, quien autoriza y da fe.
Ciudad de México, a tres de mayo de dos mil veintitrés, se da cuenta a la magistrada Janine M. Otálora Malassis, presidenta por ministerio de Ley de este Tribunal Electoral, con lo siguiente.
Documentación recibida |
Acto impugnado |
Certificación de la cédula de notificación electrónica por la cual el actuario de la Sala Regional Guadalajara de este Tribunal Electoral notifica el acuerdo dictado por su magistrado presidente en el cuaderno de antecedentes SG-CA-130/2023, por el que ordenó remitir electrónicamente a esta Sala Superior, entre otra documentación, el escrito mediante el cual Mara Nadiezhda Robles Villaseñor y Edgar Enrique Velázquez González interponen recurso de reconsideración. |
Sentencia dictada por la Sala Regional Guadalajara en el juicio SG-JDC-19/2023 que confirmó, en lo que fue materia de impugnación, la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco en el expediente JDC-173/2022, que a su vez, confirmó en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo legislativo 1160-LXIII-22, aprobado por la Asamblea de dicho órgano legislativo, por el cual, se aprobó el orden en que los grupos o representaciones parlamentarias presidirán la Mesa Directiva a partir del cuarto periodo de la LXIII Legislatura. |
Con fundamento en los artículos 171, párrafo tercero, 172 fracciones XVII y XXVI, y 182, fracciones I y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 15, fracción I, 20, fracción I, y 70, fracción I, del Reglamento Interno de este Tribunal Electoral, así como los Acuerdos Generales 3/2020, 2/2022 y 1/2023 de esta Sala Superior, SE ACUERDA:
PRIMERO. Integración del expediente. Con la documentación de cuenta y las constancias que correspondan, se ordena integrar el expediente respectivo y registrarlo en el Libro de Gobierno con la clave SUP-REC-126/2023.
SEGUNDO. Turno. Para los efectos previstos en los artículos 19 y 68 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se ordena turnar el expediente a la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso.
Notifíquese por estrados a las partes, así como a los demás interesados. Hágase del conocimiento público en la página de internet de este órgano jurisdiccional.
Así lo acuerda y firma la magistrada presidenta por ministerio de Ley del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el secretario general de acuerdos, quien autoriza y da fe.