Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expedientes


Abril 2026
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EXPEDIENTE:
SG-JRC -72 -2022
ACTOR:
FUTURO
RESPONSABLE:
INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y SECRETARÍA DE HACIENDA PÚBLICA, AMBAS DEL ESTADO DE JALISCO
AUTO DE TURNO:

Guadalajara, Jalisco, a treinta de diciembre de dos mil veintidós.

 

VISTO el escrito y sus anexos, recibidos en la Oficialía de Partes de esta Sala Regional, en que Susana de la Rosa Hernández, ostentándose como Presidenta del partido Futuro, promueve juicio de revisión constitucional electoral, a fin de impugnar del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, así como de la Secretaría de Hacienda Pública, ambas autoridades del Estado de Jalisco, el retraso en el pago de la ministración del financiamiento público local para el ejercicio fiscal de este año, correspondiente al mes de noviembre, así como la omisión del pago de la ministración correspondiente al mes de diciembre; SE ACUERDA:

 

PRIMERO. Con el escrito de cuenta y sus anexos, se ordena registrar la demanda en el Libro de Gobierno, como juicio de revisión constitucional electoral con la clave de expediente SG-JRC-72/2022, del índice de esta Sala.

 

SEGUNDO. Con fundamento en los artículos 178, fracción III, y 185, fracciones I y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y; 51, fracción XIV, 52, fracción I, 70, fracciones I y VI, párrafo primero, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; así como los Acuerdos Generales 7/2017 y 2/2022 emitidos por la Sala Superior de este tribunal, relativos a delegación de asuntos de su competencia en materia de financiamiento público que reciben los partidos políticos en el ámbito estatal, para su resolución a las Salas Regionales y, al turno aleatorio, respectivamente; para los efectos previstos en el artículo 19, párrafo 1, inciso a), y 92 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, túrnese el medio de impugnación referido a la Ponencia del Magistrado Sergio Arturo Guerrero Olvera, para su sustanciación.

 

TERCERO. En términos del punto tercero, inciso a) del Acuerdo General 7/2017 emitido por la Sala Superior de este Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para efectos de su conocimiento notifíquesele el presente acuerdo a aquella superioridad.

 

CUARTO. En términos del artículo 71 del Reglamento Interno de este tribunal, se requiere al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, así como a la Secretaría de Hacienda Pública, ambas autoridades del Estado de Jalisco, para que de inmediato efectúen las diligencias precisadas en los numerales 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la conclusión del plazo para realizarlas, remitan las constancias de trámite atinentes a esta Sala Regional, por la vía más expedita.

  

Notifíquese electrónicamente la anterior determinación a la Sala Superior de este tribunal, por la misma vía al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, adjuntando copia de la demanda de cuenta y sus anexos; por oficio a la Secretaría de Hacienda Pública del Estado de Jalisco, adjuntando copia de las constancias antes señaladas; por último, a las demás personas interesadas mediante cédula que se fije en los estrados de esta Sala, en términos de los artículos 26, párrafo 3, 28 y 29 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, así como de los numerales 94, 95, 98 y 101 del indicado Reglamento Interno; asimismo, hágase del conocimiento público en la página de Internet de este órgano judicial.

 

Así lo acordó y firma, de conformidad con el artículo 177, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, ante la ausencia justificada del Magistrado Sergio Arturo Guerrero Olvera, la Magistrada Gabriela del Valle Pérez, Presidenta por Ministerio de Ley de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Primera Circunscripción Plurinominal, con sede en Guadalajara, Jalisco, y la Secretaria General de Acuerdos Teresa Mejía Contreras, da fe que el presente acuerdo se firma de manera electrónica.

 

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto, así como el transitorio segundo, del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.