Principios de Interpretación Electoral

Cargo a una diputación no requiere la inscripción electoral y la residencia efectiva en la provincia por la cual se postula la candidatura

El Tribunal Electoral rindió opinión consultiva en los siguientes términos: a) el requisito de vecindad está previsto únicamente para aquellos ciudadanos que pretendan constituir un partido a escala cantonal, lo que en cambio no resulta aplicable para constituir agrupaciones a escala provincial; y, b) la inscripción electoral y la residencia efectiva en la provincia por la cual se postula a un candidato no son requisitos para postularse al cargo de diputado.

Fecha: 
Miércoles, Junio 20, 2012
Actor: 
Esteban Quirós Salazar
Num sentencia: 
4558-E8-2012
Palabras clave: 
Restricción al sufragio pasivo mediante exigencias adicionales a las constitucionalmente previstas, deben interpretarse restrictivamente y con prohibición de la analogía. Requisito de vecindad se exige para candidaturas por partidos políticos a escala cantonal. Cargo a una diputación no requiere la inscripción electoral y la residencia efectiva en la provincia por la cual se postula la candidatura.
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Presunción de culpabilidad vulnera principios de inocencia, del debido proceso constitucional y de participación política. Potestad de autorregulación partidaria y de establecer sanciones a sus militantes, debe respetar el orden constitucional

La Autoridad Electoral precisó que una norma estatuaria de un partido político resultaba contraria a la Constitución Política, porque vulnera principios capitales como el de inocencia (que integra el debido proceso constitucional) y el de participación política, consagrados en los artículos 39 y 98 constitucionales.

Fecha: 
Lunes, Septiembre 16, 2013
Actor: 
Jorge Angulo Mora
Num sentencia: 
4102- E1-2013
Palabras clave: 
Presunción de culpabilidad vulnera principios de inocencia, del debido proceso constitucional y de participación política. Potestad de autorregulación partidaria y de establecer sanciones a sus militantes, debe respetar el orden constitucional
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Inaplicabilidad de la sanción de inhabilitación temporal para ejercer cargos públicos en el caso de los cargos de elección popular. Imposibilidad que resoluciones administrativas tengan efectos inhabilitantes. Casos de suspensión del derecho de participac

Aclara el TSE que el inciso 3.° del artículo 102 de la Constitución Política reconoce, en cabeza del Tribunal Supremo de Elecciones, la función de interpretar en forma exclusiva y obligatoria las disposiciones constitucionales y legales referentes a la materia electoral, lo que impide a la Asamblea Legislativa darles interpretación auténtica, según lo reconoce su numeral 121 inciso 1.°.

Fecha: 
Viernes, Diciembre 15, 2006
Actor: 
Comunicación de la Contraloría General de la República
Num sentencia: 
3869-E-2006
Palabras clave: 
Inaplicabilidad de la sanción de inhabilitación temporal para ejercer cargos públicos en el caso de los cargos de elección popular. Imposibilidad que resoluciones administrativas tengan efectos inhabilitantes. Casos de suspensión del derecho de participación política. Competencia interpretativa del TSE.
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Restricción legal a ejercer un cargo de representación municipal puede darse en beneficio de la identificación de la persona candidata con su municipio. Ejercicio de regiduría requiere contar con 2 años de inscripción electoral y domiciliar en el cantón

El TSE atendió una solicitud de interpretación del artículo 22 del Código Municipal formulada por el Secretario del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Pueblo Unido, exponiendo que es criterio del Tribunal que la recta interpretación del artículo 22 del Código Municipal implica que, además de ser ciudadano en ejercicio (que se obtiene a los 18 años), se debe estar inscrito electoralmente con dos años de anterioridad en el cantón en que se ha de servir el cargo y que la restricción impuesta en forma alguna implica la suspensión de la ciudadanía, ya que el interesado goza de todos los derec

Fecha: 
Jueves, Noviembre 8, 2001
Actor: 
HUMBERTO VARGAS CARBONELL, en su calidad de Secretario del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Pueblo Unido
Num sentencia: 
2380-E-2001
Palabras clave: 
Restricción legal a ejercer un cargo de representación municipal puede darse en beneficio de la identificación de la persona candidata con su municipio. Ejercicio de regiduría requiere contar con 2 años de inscripción electoral y domiciliar en el cantón donde servirá el cargo
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Vulneración de la libertad política por recurrir a creencias religiosas

El Tribunal determinó que, el mensaje difundido por la Alianza Evangélica Costarricense en el periódico La Nación del 27 de enero de 2014, mezclaba términos propios de la  actividad político electoral y expresiones religiosas que, al conjugarse, representaban una amenaza para el libre ejercicio del sufragio, en específico para aquellos electores que profesaban la fe cristiano-evangélica en cualquiera de sus manifestaciones, pues identificaba a los partidos que estaban en contra del aborto y que fortalecían la institución de la familia formada por la unión entre un hombre y una mujer.

Fecha: 
Jueves, Febrero 27, 2014
Actor: 
Yashín Castrillo Fernández y Marco Antonio Castillo Rojas
Num sentencia: 
786-E1-2014
Palabras clave: 
Vulneración de la libertad política por recurrir a creencias religiosas
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Principio de participación electoral

En esta sentencia el Tribunal,  por aplicación del principio de participación electoral, por el cual ante dos posibles soluciones debe ser preferida aquélla que mejor se adecue al principio de participación, rector en materia electoral,  revoca la decisión del a quo quien había declarado la caducidad de una agrupación.

Fecha: 
Jueves, Mayo 29, 2014
Actor: 
Partido Justicialista
Num sentencia: 
5406/13 CNE
Palabras clave: 
Partidos políticos principios de interpretación electoral
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Los principios constitucionales en el derecho electoral indígena

Diversos ciudadanos impugnaron la sentencia de la Sala Regional Xalapa que revocó la del Tribunal Electoral de Oaxaca, que declaró la nulidad del procedimiento electoral, en el cual se eligió a los integrantes del Ayuntamiento de San Sebastián Tecomaxtlahuaca, Juxtlahuaca. Asimismo, la Sala Regional, confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral local que calificó como válida la Asamblea General Comunitaria relativa a la elección de Concejales al Ayuntamiento de mérito.

 

Fecha: 
Miércoles, Mayo 14, 2014
Actor: 
Alfonso Alvarado Martínez y Otros
Num sentencia: 
SUP-REC-834-2014
Palabras clave: 
Los principios constitucionales en el derecho electoral indígena.
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Garantía de audiencia en el sistema de usos y costumbres

La Sala Superior revocó la sentencia dictada por la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral de Guerrero que, entre otras cuestiones, dejó firme el nombramiento de ciudadano como comisario de la localidad de Quetzalapa, Municipio de Azoyú.

Fecha: 
Miércoles, Mayo 8, 2013
Actor: 
Olga Lidia Ramos Martínez
Num sentencia: 
SUP-JDC-891/2013
Palabras clave: 
Garantía de audiencia en el sistema de usos y costumbres.
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Principio de libre determinación

La Sala Superior confirmó la sentencia dictada por la Sala Regional Xalapa, que confirmó el fallo emitido por el Tribunal Electoral de Oaxaca, que a su vez confirmó el acuerdo por el que la autoridad electoral administrativa local declaró válida la elección por el sistema normativo interno de concejales municipales al Ayuntamiento de Santiago Jocotepec, Choapam.

Fecha: 
Martes, Abril 15, 2014
Actor: 
Pedro Escárcega Pérez
Num sentencia: 
SUP-REC-824/2014
Palabras clave: 
Principio de libre determinación
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Democrático, de seguridad jurídica, publicidad y transparencia

Ante solicitud de opinión consultiva planteada por el Comité Ejecutivo Nacional del partido Acción Ciudadana sobre el ámbito de aplicación del Reglamento para la legalización, manejo y reposición de los libros de actas de los partidos políticos; y la procedencia de que funcionarios públicos, sujetos a la prohibición de participación política contenida en el párrafo segundo del artículo 146 del Código Electoral, sean citados por la agrupación para rendir cuentas sobre actuaciones como militantes, el Colegio Electoral, dispuso lo siguiente:

Fecha: 
Lunes, Diciembre 22, 2014
Actor: 
Partido Acción Ciudadana
Num sentencia: 
5410-E8-2014
Palabras clave: 
Principios de Interpretación Electoral: democrático, de seguridad jurídica, publicidad y transparencia Justicia Electoral: hermenéutica electoral: opiniones consultivas. Partidos Políticos: principio de autorregulación, renovación de estructuras, procesos internos, supervisión y fiscalización del TSE.
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