Principios de Interpretación Electoral

Principios pro homine y pro libertatis

En recurso de amparo electoral por la difusión de la imagen de su difunto padre en un anuncio televisivo, no obstante que el gestionante desistió del proceso, por sentirse satisfecho con el trámite inicial que se dio a su acción y que el Tribunal en razón de ello ordenara el archivo del expediente, oficiosamente se pronunció en ejercicio de su competencia jurisdiccional ante eventuales lesiones a derechos fundamentales de las personas, en el marco de la tutela efectiva de los derechos y las libertades de carácter político-electoral y estableció el derecho de las personas a no ser identifica

Fecha: 
Jueves, Junio 17, 2010
Actor: 
Partido Unidad Social Cristiana
Num sentencia: 
4479-E1-2010
Palabras clave: 
Principios de interpretación electoral: principios pro homine y pro libertatis-. Derechos electorales fundamentales: tutela efectiva de los derechos y las libertades de carácter político-electoral; derecho a la libre asociación política; derecho de las personas a no ser identificadas con partidos políticos a los que no pertenecen; derecho y defensa a la imagen de las personas; legitimación de los derechohabientes para accionar en defensa de la imagen de la persona difunta. Justicia electoral: amparo electoral como mecanismo de protección de los derechos fundamentales.
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Asociación política

Con base en su potestad de interpretación oficiosa el Tribunal Supremo de Elecciones, con el fin de aclarar el punto planteado por una consultante que carecía de legitimación, en relación con la participación simultánea de ciudadanos en procesos de renovación de estructuras partidarias de distintas agrupaciones políticas determinó que, a la luz del ordenamiento electoral costarricense, la doble militancia partidaria riñe con los principios de asociación y de participación política; sin embargo, este es un asunto que debe examinarse frente a cada caso en concreto.

Fecha: 
Lunes, Noviembre 16, 2015
Actor: 
Partido Acción Democrática Alajuelense
Num sentencia: 
3261-E8-2008
Palabras clave: 
Derechos Electorales Fundamentales: de asociación política Justicia Electoral: hermenéutica electoral: interpretación oficiosa, opiniones consultivas. Partidos Políticos: principio de autorregulación, renovación de estructuras, supervisión y fiscalización del TSE.
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Seguridad jurídica. Sufragio activo de participación política

No obstante que el Tribunal rechazó un recurso de amparo interpuesto por la Defensora de los Habitantes a favor de varios privados de libertad, debido a que no consideró vulneración alguna a sus derechos, precisó, que la regla de invariabilidad del padrón electoral prevista en el Código Electoral debe conciliarse con el derecho al sufragio de las personas que se encuentran inscritas como electoras en un centro de atención institucional y que, previo a las elecciones y por decisiones fundadas de la Autoridad Penitenciaria, requieren ser trasladados a otro centro distinto.

Fecha: 
Jueves, Junio 5, 2014
Actor: 
Marta Iris Muñoz Cascante, Directora de la Defensa Pública del Poder Judicial.
Num sentencia: 
1967-E1-2014
Palabras clave: 
Principios de interpretación electoral: de seguridad jurídica. Derechos Electorales Fundamentales: al sufragio activo, de participación política. Proceso Electoral: etapa preparatoria, padrón Órganos electorales administrativos: TSE, Registro Civil, Registro Electoral. Justicia Electoral; Recurso de amparo electoral: Voto: Modalidades Especiales: voto de personas privadas de libertad.
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Principio pro participación

El TSE, de conformidad con el elenco probatorio y los presupuestos fácticos, declaró con lugar un recurso de amparo electoral contra la fuerza pública por impedir a una candidata a alcaldesa realizar visitas a sus partidarios. Tuvo por probado que el señor Subjefe de la Fuerza Pública de Abangares efectivamente envió un oficial para que le advirtiera a la recurrente que dejara de visitar a sus partidarios, pues consideró que esta actividad estaba prohibida durante la tregua electoral.

Fecha: 
Viernes, Febrero 18, 2011
Actor: 
Anabelle Matarrita Ulloa
Num sentencia: 
1036-E1-2011
Palabras clave: 
Principios de interpretación electoral: principio pro participación. Derechos electorales fundamentales: derecho al sufragio activo y pasivo, derecho de participación política. Proceso Electoral: etapa preparatoria. Justicia electoral: conflictos propios del proceso electoral - recurso de amparo electoral-
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Derecho de participación política. Democracia interna de los partidos políticos.

Principio democrático; Derecho de participación política;Democracia interna de los partidos políticos, Principio de autorregulación, Procesos internos. Potestad de partido político de realizar asambleas distritales en cantones que determine. Deber de definir en estatuto cantones en que se celebrarán asambleas distritales. Deber de partidos políticos de realizar asambleas cantonales. Modelos de asambleas partidarias a partir de resolución n.° 9340-2010 de Sala Constitucional.

Fecha: 
Martes, Septiembre 11, 2012
Actor: 
Comité Ejecutivo Nacional del partido Movimiento Libertario y otro
Num sentencia: 
6262-E8-2012
Palabras clave: 
Principios de interpretación electoral Derechos electorales fundamentales Partidos Políticos
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Hermenéutica electoral. Principios democrático, de unidad o simultaneidad del acto comicial, de no falseamiento de la voluntad popular.

Normativa interna de partidos políticos no debe contradecir reglas democráticas, como igualdad del sufragio reflejado en máxima “one person, one vote”. Obligación de cumplir con principio de unidad o simultaneidad del acto comicial como garante de igualdad del sufragio.

Fecha: 
Jueves, Octubre 18, 2012
Actor: 
Tribunal Electoral Interno del partido Acción Ciudadana
Num sentencia: 
7450-E8-2012
Palabras clave: 
Opinión consultiva. Principios electorales, elección de aspirantes presidenciales, en jornadas de votación.
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Derecho de participación política. Democracia interna de los partidos políticos

Principio democrático; Derecho de participación política;Democracia interna de los partidos políticos, Principio de autorregulación, Procesos internos. Potestad de partido político de realizar asambleas distritales en cantones que determine. Deber de definir en estatuto cantones en que se celebrarán asambleas distritales. Deber de partidos políticos de realizar asambleas cantonales. Modelos de asambleas partidarias a partir de resolución n.° 9340-2010 de Sala Constitucional.

Fecha: 
Martes, Septiembre 11, 2012
Actor: 
Comité Ejecutivo Nacional del partido Movimiento Libertario y otro
Num sentencia: 
6262-E8-2012
Palabras clave: 
Principio democrático. Derecho de participación política. Democracia interna de los partidos políticos. Principio de autorregulación.
Paises: 
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Principio de seguridad jurídica. Derecho a la información y libertad de expresión. Principio de autorregulación, Democracia interna de los partidos políticos.

Principio de seguridad jurídica; Derecho a la información y libertad de expresión; Principio de autorregulación, Democracia interna de los partidos políticos, Procesos internos. Fortalecimiento de principio democrático. Deber de partidos políticos de dar información a interesados sobre procedimientos aplicables y condiciones de competencia en procesos electivos internos. Modificaciones sustanciales en reglas de contienda sin autorización vulneran principio de seguridad jurídica.

Fecha: 
Jueves, Junio 21, 2012
Actor: 
Karla Alvarado Arrieta y otros
Num sentencia: 
4713-E1-2012
Palabras clave: 
Principio de seguridad jurídica; Derecho a la información y libertad de expresión; Principio de autorregulación, Democracia interna de los partidos políticos, Procesos internos.
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Principio pro participación. Régimen municipal

Principio pro participación; Régimen municipal. Violación a derecho fundamental de participación política por omisión de Concejo Municipal de promulgar reglamento para celebración de consultas populares.

Fecha: 
Miércoles, Mayo 30, 2012
Actor: 
Douglas Mata Espinoza
Num sentencia: 
4155-E1-2012
Palabras clave: 
Principio pro participación. Régimen municipal
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Conflictos relacionados con el ejercicio de la función pública

Principio favor libertatis; Conflictos relacionados con el ejercicio de la función pública: Parcialidad, participación o beligerancia política prohibida de los funcionarios públicos. Prohibiciones de artículo 146 de Código Electoral deben
interpretarse a favor de principio pro libertate en caso de duda. Distinción entre parcialidad política y participación política prohibida. Bien jurídico tutelado en Beligerancia Política. Neutralidad político-electoral de servidores del Estado.

Fecha: 
Jueves, Enero 12, 2012
Actor: 
Juan José Rímbolo Bolaños, Presidente del Comité Ejecutivo Cantonal del Partido Liberación Nacional
Num sentencia: 
0223-E6-2012
Palabras clave: 
Conflictos relacionados con el ejercicio de la función pública
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