Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

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EXPEDIENTE:
SRE-AG -38 -2022
ACTOR:
Dirección Jurídica del Instituto Nacional Electoral
RESPONSABLE:
AUTO DE TURNO:

Ciudad de México, uno de junio de dos mil veintidós

 

I. Informe. El secretario general de acuerdos da cuenta al magistrado presidente de esta Sala Regional Especializada, con la impresión del correo electrónico, mediante el cual, la Dirección Jurídica del Instituto Nacional Electoral informa del recurso de revisión del procedimiento especial sancionador interpuesto por Adrián Chávez Dozal, ostentándose como Director General de Servicios Legales de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México y representante legal para la defensa jurídica de la administración pública de la Ciudad de México y de su titular, a fin de controvertir el acuerdo de veinticuatro de mayo de la presente anualidad emitido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del citado Instituto en el expediente UT/SCG/PE/PRI/CG/303/2022.

 

II. Determinación. Toda vez que el Asunto General en que se actúa se integró con motivo de comunicación similar, el magistrado presidente ante el secretario general, ACUERDA:

 

Primero.Se recibe el correo electrónico y la documentación de cuenta; agréguese al Asunto General.

 

Segundo. Para conocimiento remítase por correo electrónico la documentación recibida a las magistraturas integrantes del Pleno de este órgano jurisdiccional.

 

III. Fundamento jurídico. Lo anterior de conformidad con los artículos 178, fracciones I y XVI, y 185, fracciones I, VIII y XII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 51, fracciones I y XIV y 53, fracciones I y XVIII del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; Acuerdo General 3/2020 emitido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 

IV. Notifíquese. Por estrados y en la página de Internet de este órgano jurisdiccional.

 

Así lo acuerda y firma el magistrado presidente de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el secretario general de acuerdos, quien da fe.

 

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementan la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación.