Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

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EXPEDIENTE:
SG-JDC -96 -2022
ACTOR:
GRECIA VALERIA CALDERÓN GUEVARA Y OTROS
RESPONSABLE:
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE JALISCO
AUTO DE TURNO:

Guadalajara, Jalisco, a uno de junio de dos mil veintidós.

 

VISTO el escrito, recibido en la Oficialía de Partes de esta Sala, en que Grecia Valeria Calderón Guevara, Felipe Flores G., Ma. Rosa Gaspar C., Mauricio Tadeo Montes, Ana Rosa Morales Flores, Jennifer García, Elizabeth R., Brayan Alejandro García Pérez, Lourdes Araceli * *, Juan Manuel Enríquez A., Alfredo Morales Casillas, Minerva Judith Hernández, Isela Catalina Ávila Morales, Casimira Martínez, María Trinidad Talamantes, José Giovani López, Sergio Gaspar Pérez, Ma. Antonieta Cortez, Máximo Ramos Casillas, Miguel Ángel Morales *, Sergio Seimandi Mora, Hilda Piedad Trujillo, María Cruz Ramos, José Salvador Villanueva, Irene Torres C., Cristina Barajas Rodríguez, José Pablo Barajas R., María Guadalupe Rodríguez V., Susana Ríos U., María Teresa Tadeo M., Reyna Cortés, Brenda Rangel Fuentes, Silvia Sebastián Díaz, María Concepción Laine, Marisela Casillas Tadeo, Víctor Javier Ramos Sotelo, Miguel Santos Zavala, Martha Ornelas Sebastián, Jaime Boytes Guzmán, Cornelio Rodríguez Contreras, Gilberto Ramos S., Juana Paz Flores, Andrés Ramos, Julio César Sánchez C., Apolonio Portillo *, Mario Huerta López, Brayan Yair Huerta A., Omar Gilberto Reyes Pérez, Mayra Angélica Reyes Pérez, Hermelinda Pérez E., Gregorio Reyes G., J. Jesús Reyes T., * Cervantes Herrera, Gabriela * Ramos, Ana María Lizbeth R., José Guadalupe Casillas, Laura Alejandra Ávila Morales, María Estefanía Ávila Morales, Laura Morales Casillas, Fortino Ramírez *, Faviola de Jesús Rodríguez Suárez, Laura Patricia Hurtado, Alejandra Cortés Contreras, Águeda Tomasa Trujillo Ramos, Sandra B. Aceves, Rocío Aceves Casillas, Melissa Isabel Íñiguez Zamora, Amado Gómez, Ma Gpe Aguilar *, Gabriela Desilee Álvarez C., Jocelyne Guadalupe Flores R., José de Jesús Casillas, Alondra Jaqueline Gaspar, Ernestina * García, Gustavo Morales Villaseñor, Carlos Morales Casillas, José de Jesús Villaseñor Ramírez, Ma. Rosa Ramos Valle, Ma. Luisa Sebastián González, Ramón Abraham Pinedo Flores, Héctor Jaime Hernández Rosales, Anita Rodríguez Contreras, Miguel Leyva Cervantes, Susana Morales Casillas, Ana Guillermina Villaseñor Galicia, Luis Enrique Hernández Tejeda, Carlos Morales Villaseñor, Ma. Guadalupe Rodríguez Contreras, Carlos Flores Marcial, Bárbara Trujillo Ramos, Martha Andrade M., * * Toscano, José David Zamora, Laura Lizardo, Angélica Tadeo C, Óscar Daniel Castillo T, Carlos Omar Romero, José Ángel * *, Javier Solís, Adrián Reyes Carranza, Javier Enríquez R., María de Jesús Contreras Sánchez, Marina Morales Morales, Manuel Morales Morales, Teresa Benites R., Lucía Gollas Go, Alondra Graviela *, José de Jesús Flores Tadeo, María Morales H, Rosalba Ortega S., Martha Susana Santos y Ada * Cortes V., todos por derecho propio, quienes promueven juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, a fin de impugnar del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, la sentencia de veinticuatro de mayo pasado, dictada en los expedientes JDC-004/2022 y acumulados, que, entre otras cuestiones, sobreseyó el medio de impugnación local y reencauzó los escritos para controvertir la designación de Agentes y Delegados municipales de Tlajomulco de Zúñiga, al Ayuntamiento de esa municipalidad; SE ACUERDA:

 

PRIMERO. Con el escrito de cuenta, se ordena registrar la demanda en el Libro de Gobierno, como juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano con la clave de expediente SG-JDC-96/2022 del índice de esta Sala.

 

 

 

 

 

SEGUNDO. Con fundamento en los artículos 178, fracción III y 185, fracciones I y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 51, fracción XIV; 52, fracción I; 70, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; así como el Acuerdo General 2/2022 emitido por la Sala Superior de este tribunal, relativo al turno aleatorio; para los efectos previstos en el artículo 19, párrafo 1, inciso a), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, túrnese el medio de impugnación referido a la Ponencia del Magistrado en funciones Omar Delgado Chávez, para su sustanciación.

 

TERCERO. En términos del artículo 71 del Reglamento Interno de este tribunal, se requiere al Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, para que de inmediato efectúe las diligencias precisadas en los numerales 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la conclusión del plazo para realizarlas, remita las constancias de trámite atinentes a esta Sala Regional.

 

Notifíquese electrónicamente la anterior determinación al Tribunal Electoral del Estado de Jalisco adjuntando copia de la demanda de cuenta, y el presente proveído a las personas interesadas mediante cédula que se fije en los estrados de esta Sala, en términos de los artículos 26, párrafo 3 y 28 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, así como de los numerales 94, 95 y 101 del aludido Reglamento Interno; asimismo, hágase del conocimiento público en la página de Internet de este órgano jurisdiccional.

 

Así lo acordó y firma, de conformidad con el artículo 177, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Magistrada Gabriela del Valle Pérez, Presidenta Interina de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Primera Circunscripción Plurinominal, con sede en Guadalajara, Jalisco, y el Secretario General de Acuerdos Juan Carlos Medina Alvarado, autoriza y da fe que el presente acuerdo se firma de manera electrónica.

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto, así como el transitorio segundo, del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.