Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

Turno de Expedientes


Mayo 2025
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EXPEDIENTE:
SM-JLI -28 -2023
ACTOR:
LORENA FÉLIX GONZÁLEZ
RESPONSABLE:
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
AUTO DE TURNO:

Monterrey, Nuevo León, a 16 de marzo de 2023.

I. DOCUMENTACIÓN DE CUENTA:

La Secretaria General de Acuerdos da cuenta a la Magistrada Presidenta de este órgano jurisdiccional, con el acuerdo plenario emitido por esta Sala Regional en el expediente SM-JLI-24/2023, por el que determinó escindir el escrito de demanda, para que se forme un nuevo juicio en el que se atiendan los planteamientos que Lorena Félix González hace valer contra el Instituto Nacional Electoral, a fin de reclamar a dicho Instituto el reconocimiento de la relación laboral, así como el pago y otorgamiento de diversas prestaciones derivadas del cargo que desempeña en la 02 Junta Distrital Ejecutiva en Guanajuato.

II. SE ACUERDA:

a. Integración de expediente. Con una impresión del acuerdo plenario de cuenta, copia certificada del escrito de demanda y las demás constancias relacionadas con el mismo –previa copia certificada que se agregue al expediente en el cual se emitió dicho plenario–, intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave indicada al rubro. Si posteriormente se reciben constancias de notificaciones practicadas en auxilio a las labores de esta Sala Regional, agréguense sin mayor trámite.

Fundamento jurídico: Artículo 185, fracción IX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación  y 51, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación . 

b. Turno derivado de un acuerdo plenario de escisión. Túrnense los autos a la suscrita Magistrada Presidenta Claudia Valle Aguilasocho, al haber sido ponente en el acuerdo plenario de cuenta.

Fundamento jurídico: Artículos 178, fracción III; 185, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación  y 70, fracción XI, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación . 

c. Protección de datos personales. Conforme a lo solicitado por la parte actora, tómense las medidas correspondientes para evitar la difusión no autorizada de sus datos personales.

Fundamento jurídico: Artículo 113, fracción I, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública , así como los artículos 3, fracción IX, y 31 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados . 

NOTIFÍQUESE. Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta de la Sala Regional de este Tribunal, correspondiente a la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal, ante la Secretaria General de Acuerdos, que autoriza y da fe