Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

Turno de Expedientes


Mayo 2025
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EXPEDIENTE:
SM-JRC -43 -2024
ACTOR:
MORENA
RESPONSABLE:
CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO
AUTO DE TURNO:

Monterrey, Nuevo León, a 5 de abril de 2024.

I. DOCUMENTACIÓN DE CUENTA:

El Secretario General de Acuerdos en funciones  da cuenta a la Magistrada Presidenta de este órgano jurisdiccional, con el acuerdo plenario dictado por esta Sala Regional en el expediente SM-JE-32/2024, por el que determinó escindir y encauzar el escrito presentado por Luis Ernesto Barbosa Ponce en representación de MORENA, por el que controvierte la negativa del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, a fin de que se conozca mediante juicio de revisión constitucional electoral, la impugnación relativa al registro de la planilla de candidaturas que postuló para integrar el municipio de Santa Cruz de Juventino de Rosas, así como la presunta omisión de requerir al partido la documentación faltante para la procedencia de los registros solicitados mediante el Sistema Electrónico en Línea de la citada autoridad (SELIIEG).

II. SE ACUERDA:

a. Integración de expediente. Con una impresión del acuerdo plenario de cuenta y copia certificada del escrito de demanda y demás constancias relacionadas con el mismo –previa copia certificada que se agregue al expediente en el cual se emitió dicho plenario–, intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave indicada al rubro. Si posteriormente se reciben constancias de notificaciones practicadas en auxilio a las labores de esta Sala Regional, agréguense sin mayor trámite.

Fundamento jurídico: Artículo 185, fracción IX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación  y 51, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación . 

b. Turno derivado de un acuerdo plenario. Túrnense los autos a la Secretaria de Estudio y Cuenta en Funciones de Magistrada Elena Ponce Aguilar, por tratarse de un asunto vinculado con el diverso SM-JDC-140/2024.

Fundamento jurídico: Artículos 178, fracción III; 185, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación  y 70, fracciones II, X y XI, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación .  

NOTIFÍQUESE. Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta de la Sala Regional de este Tribunal, correspondiente a la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal, ante el Secretario General de Acuerdos en funciones, que autoriza y da fe