Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

Turno de Expedientes


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EXPEDIENTE:
SM-JDC -283 -2024
ACTOR:
CÉSAR FLORES SOSA
RESPONSABLE:
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
AUTO DE TURNO:

Monterrey, Nuevo León, a 4 de mayo de 2024.

I. DOCUMENTACIÓN DE CUENTA:

La Secretaria General de Acuerdos da cuenta a la Magistrada Presidenta de este órgano jurisdiccional con escrito de demanda  de César Flores Sosa, por el que controvierte la presunta omisión del Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza de resolver el recurso de queja TECZ-RQ-06/2024 que interpuso, a su vez, contra diversas omisiones atribuidas a la Dirección Ejecutiva del Instituto Electoral local, entre ellas, por no dictar las medidas cautelares solicitadas en el procedimiento especial sancionador iniciado con motivo de la denuncia que presentó contra Alfonso de Jesús Almeraz Borjas, en su carácter de candidato de MORENA a regidor de Monclova y no integrar debidamente el expediente.

II. SE ACUERDA:

a. Integración de expediente. Intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave indicada al rubro. Si posteriormente se reciben constancias de notificaciones practicadas en auxilio a las labores de esta Sala Regional, agréguense sin mayor trámite. 

Fundamento jurídico: Artículos 51, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación .

b. Turno ordinario. Túrnense los autos a la suscrita Magistrada Presidenta Claudia Valle Aguilasocho.

Fundamento jurídico: Artículos 178, fracción III; 185, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación  y 70, fracción I del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación .  

c. Requerimiento. Envíese a la autoridad responsable copia del escrito de demanda para que de manera inmediata: i. lo publicite y ii. remita las constancias respectivas y rinda informe. Lo anterior, sin perjuicio de que, transcurrido el plazo de publicitación, remitan la razón de retiro respectiva y, en su caso, los escritos de tercerías que se presenten. Asimismo, se solicita atentamente que, en los escritos en el que se desahogue este requerimiento, se mencione la clave del presente expediente federal.

Fundamento jurídico: Artículos 17, párrafo 1, inciso b) y 18, párrafo 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Material Electoral .

d. Invitación para señalar dirección de correo electrónico. Se hace del conocimiento de la ciudadanía y de los órganos de los partidos políticos que, si desean recibir por correo electrónico las notificaciones que provengan del expediente en el que son parte, pueden solicitarlo, precisando la cuenta correspondiente, de acuerdo con las opciones siguientes: 

i.Preferentemente, deberán crear una cuenta de correo electrónico institucional, para lo cual basta seguir los pasos siguientes:

•Ingresar a la página oficial de internet de este Tribunal https://notificaciones.tribunalelectoral.gob.mx/login/signUp, y capturar en el formulario los datos que ahí se solicitan: personales (nombre, apellidos, contraseña de la cuenta que se crea y fecha de nacimiento); de domicilio (calle, colonia y código postal); y de la cuenta (correo personal al que llegarán los avisos cuando reciba una notificación y tipo de solicitud —por propio derecho, como abogado postulante o como funcionario—).

•El sistema generará la cuenta de correo electrónico de forma automática y les enviará un correo electrónico (a la dirección de correo particular que hubiesen proporcionado en el formulario) con los datos de acceso (el nombre de usuario o usuaria y la contraseña que hayan capturado). 

ii.De manera excepcional, podrán señalar una cuenta de correo particular. 

La solicitud puede estar contenida en el escrito de demanda o en cualquier otra promoción que se presente en original ante la Oficialía de Partes de esta Sala Regional, la cual deberá estar firmada de manera autógrafa por quien la suscriba, pudiéndose remitir mediante el uso del servicio de mensajería especializada. Si se designa más de una dirección de correo electrónico, se podrá tomar en consideración solamente una de ellas, privilegiando, de ser el caso, alguna cuenta institucional que se haya señalado.

Las y los justiciables que soliciten esta forma de notificación tienen la responsabilidad de revisar, en todo momento, sus correos.

Fundamento jurídico: Punto SEXTO del ACUERDO GENERAL 2/2023 DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN QUE REGULA LAS SESIONES DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL Y EL USO DE HERRAMIENTAS DIGITALES .

NOTIFÍQUESE. Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta de la Sala Regional de este Tribunal, correspondiente a la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal, ante la Secretaria General de Acuerdos, que autoriza y da fe