Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

Turno de Expedientes


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EXPEDIENTE:
SM-JDC -407 -2024
ACTOR:
EMMANUEL GÓMEZ ESTEBAN Y OTRAS PERSONAS
RESPONSABLE:
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS Y OTRAS
AUTO DE TURNO:

Monterrey, Nuevo León, a 6 de junio de 2024.

I. DOCUMENTACIÓN DE CUENTA:

El Secretario General de Acuerdos en funciones   da cuenta a la Magistrada Presidenta de este órgano jurisdiccional con el escrito de demanda  presentado por Emmanuel Gómez Esteban, Carlos Anselmo Piña Tamez y Laura Moreno Trejo, a fin de impugnar la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado Tamaulipas en el expediente TE-RDC-29/2024, que declaró improcedente el incidente de incumplimiento de sentencia, relacionado con la presunta omisión de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA, de emitir una determinación en los procedimientos electorales sancionadores que presentaron contra el proceso interno de selección de las candidaturas a diputaciones locales por el principio de representación proporcional del referido partido político en esa entidad. 

II. SE ACUERDA:

a. Integración de expediente. Intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave indicada al rubro. Si posteriormente se reciben constancias de notificaciones practicadas en auxilio a las labores de esta Sala Regional, agréguense sin mayor trámite. 

Fundamento jurídico: Artículos 51, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación .

b. Turno vinculado. Túrnense los autos al Magistrado Ernesto Camacho Ochoa, por tratarse de un asunto vinculado con el diverso SM-JDC-406/2024. 

Fundamento jurídico: Artículos 178, fracción III; 185, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación  y 70, fracción II, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación .  

c. Requerimiento. Envíese a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, Comité Ejecutivo Nacional, Comité Ejecutivo Estatal y la Comisión Nacional de Elecciones, todas de MORENA, copia del escrito de demanda para que de manera inmediata: i. lo publicite y ii. remita las constancias respectivas y rinda informe. Lo anterior, sin perjuicio de que, transcurrido el plazo de publicitación, remita la razón de retiro respectiva y, en su caso, los escritos de tercerías que se presenten. Asimismo, se solicita atentamente que, en el escrito en el que se desahogue este requerimiento, se mencione la clave del presente expediente federal. 

Fundamento jurídico: Artículos 17, párrafo 1, inciso b) y 18, párrafo 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Material Electoral .

d. Invitación para señalar dirección de correo electrónico. Se hace del conocimiento de la ciudadanía y de los órganos de los partidos políticos que, si desean recibir por correo electrónico las notificaciones que provengan del expediente en el que son parte, pueden solicitarlo, precisando la cuenta correspondiente, de acuerdo con las opciones siguientes: 

i.Preferentemente, deberán crear una cuenta de correo electrónico institucional, para lo cual basta seguir los pasos siguientes:

•Ingresar a la página oficial de internet de este Tribunal https://notificaciones.tribunalelectoral.gob.mx/login/signUp, y capturar en el formulario los datos que ahí se solicitan: personales (nombre, apellidos, contraseña de la cuenta que se crea y fecha de nacimiento); de domicilio (calle, colonia y código postal); y de la cuenta (correo personal al que llegarán los avisos cuando reciba una notificación y tipo de solicitud —por propio derecho, como abogado postulante o como funcionario—).

•El sistema generará la cuenta de correo electrónico de forma automática y les enviará un correo electrónico (a la dirección de correo particular que hubiesen proporcionado en el formulario) con los datos de acceso (el nombre de usuario o usuaria y la contraseña que hayan capturado). 

ii.De manera excepcional, podrán señalar una cuenta de correo particular. 

La solicitud puede estar contenida en el escrito de demanda o en cualquier otra promoción que se presente en original ante la Oficialía de Partes de esta Sala Regional, la cual deberá estar firmada de manera autógrafa por quien la suscriba, pudiéndose remitir mediante el uso del servicio de mensajería especializada. Si se designa más de una dirección de correo electrónico, se podrá tomar en consideración solamente una de ellas, privilegiando, de ser el caso, alguna cuenta institucional que se haya señalado.

Las y los justiciables que soliciten esta forma de notificación tienen la responsabilidad de revisar, en todo momento, sus correos.

Fundamento jurídico: Punto SEXTO del ACUERDO GENERAL 2/2023 DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN QUE REGULA LAS SESIONES DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL Y EL USO DE HERRAMIENTAS DIGITALES .

NOTIFÍQUESE. Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta de la Sala Regional de este Tribunal, correspondiente a la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal, ante el Secretario General de Acuerdos en funciones, que autoriza y da fe