Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

Turno de Expedientes


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EXPEDIENTE:
SM-JDC -414 -2024
ACTOR:
MARÍA CONCEPCIÓN PERALES CABRERA
RESPONSABLE:
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
AUTO DE TURNO:

Monterrey, Nuevo León, a 7 de junio de 2024.

I. DOCUMENTACIÓN DE CUENTA:

El Secretario General de Acuerdos en funciones  da cuenta a la Magistrada Presidenta de este órgano jurisdiccional, con el acuerdo plenario dictado por esta Sala Regional en el expediente SM-JRC-205/2024, por el que se determinó encauzar a juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano el medio de defensa promovido por María Concepción Perales Cabrera, contra la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí en el expediente TESLP/JDC/49/2024 y acumulados, en la que, entre otras cuestiones, confirmó el acuerdo dictado por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA que sobreseyó el procedimiento sancionador electoral CNHJ-SLP-671/2024 y acumulados que promovió contra la omisión de la Comisión Nacional de Elecciones del referido partido de solicitar ante el Consejo Estatal Electoral y Participación Ciudadana el registro de su candidatura a una regiduría por el principio de representación proporcional para integrar el Ayuntamiento de Rioverde.

II. SE ACUERDA:

a. Integración de expediente. Con una impresión del acuerdo plenario de cuenta y con el original del escrito de demanda y demás constancias relacionadas con el mismo –previa copia certificada que se agregue al expediente en el cual se emitió dicho plenario–, intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave indicada al rubro. Si posteriormente se reciben constancias de notificaciones practicadas en auxilio a las labores de esta Sala Regional, agréguense sin mayor trámite. 

Fundamento jurídico: Artículo 185, fracción IX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación  y 51, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación . 

b. Turno ordinario derivado de un acuerdo plenario de encauzamiento. Túrnense los autos a la suscrita Magistrada Presidenta Claudia Valle Aguilasocho, al haber sido ponente en el acuerdo plenario de cuenta.

Fundamento jurídico: Artículos 178, fracción III; 185, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación  y 70, fracción X, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación . 

NOTIFÍQUESE. Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta de la Sala Regional de este Tribunal, correspondiente a la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal, ante el Secretario General de Acuerdos en funciones, que autoriza y da fe