Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

Turno de Expedientes


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EXPEDIENTE:
SCM-JIN -2 -2024
ACTOR:
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
RESPONSABLE:
01 CONSEJO DISTRITAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO Y OTROS
AUTO DE TURNO:

Ciudad de México, 11 (once) de junio de 2024 (dos mil veinticuatro).

Ayer[1] se recibió en esta Sala Regional, la siguiente documentación:

1.    19 (diecinueve) demandas de diversas personas, quienes ostentándose como representantes propietarias del Partido Acción Nacional ante los consejos distritales que preciso más adelante, promueven, en cada caso, juicio de inconformidad para controvertir el “CÓMPUTO DISTRITAL RELATIVO A LA ELECCIÓN A LA SENADURÍA, CORRESPONDIENTE AL PROCESO ELECTORAL 2023-2024”.

2.    El cuaderno de antecedentes 152/2024, integrado el 8 (ocho) de junio de 2024 (dos mil veinticuatro), con diversa documentación remitida por la persona consejera presidenta del Consejo Local del INE en la Ciudad de México, relacionada con la votación emitida en el extranjero, correspondiente a la elección de senadurías, en específico, de esta ciudad.

Las 19 (diecinueve) demandas están vinculadas puesto que en todos los casos la misma parte actora -por conducto de quienes afirman ser sus representantes, respectivamente- controvierte actos relacionados con los cómputos distritales de la “elección a la senaduría” en la Ciudad de México; por lo que hay conexidad en la causa y resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 70-II del Reglamento Interno de este tribunal que establece que cuando se advierta que entre 2 (dos) o más juicios existe conexidad en la causa porque se controvierte el mismo acto o resolución, o bien, se aduzca respecto de actos o resoluciones similares, una misma pretensión y causa de pedir, y por economía procesal se considere conveniente su estudio en una misma ponencia, el o los expedientes podrán turnarse a la magistratura a cargo de la instrucción del primero de ellos.

Ahora bien, la parte actora presentó sus demandas directamente ante esta sala, por lo que debo requerir a los Consejos Distritales 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 20 y 22, todos del INE en la Ciudad de México[2] -señalados por la parte actora como autoridades responsables, respectivamente- que por conducto de sus presidencias realicen el trámite correspondiente de conformidad con los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral[3] presentando la documentación correspondiente y que estime necesaria para resolver este juicio en la Oficialía de Partes de esta sala. 

Considerando que estos asuntos están relacionados con el proceso electoral federal en curso, debo requerir a las presidencias de los Consejos Distritales que remitan su respectivo informe circunstanciado dentro de las 24 (veinticuatro) horas posteriores a que se les notifique este acuerdo, debiendo entregarlo en ese plazo -de manera física- en la Oficialía de Partes de esta Sala Regional o mediante su envío digitalizado a la cuenta de correo cumplimientos.salacm@te.gob.mx, caso en el cual deberán entregar el original cuando remitan el trámite completo, con la documentación señalada en el artículo 18 de la Ley de Medios.

Por lo anterior, con fundamento en los artículos 177, 178 fracciones I, III, XIV y XVI y 185 fracciones I, VIII y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 51 fracciones I y XIV, 53 fracciones I y XVIII, y 70 párrafo primero y fracciones I y II, y 71 del Reglamento Interno de este tribunal, y el Acuerdo General 2/2022[4], así como lo decidido por la Sala Superior en el punto (v) del acta de sesión privada de 12 (doce) de marzo de 2022 (dos mil veintidós)[5], acuerdo:

PRIMERO. Integración de los expedientes. Con la documentación referida en el inciso 1 (uno) de este acuerdo, deben integrarse los 19 (diecinueve) expedientes que correspondan y registrarlos en el libro de gobierno con las claves SCM-JIN-2/2024 al SCM-JIN-20/2024, según cada caso, en el entendido de que al primero de ellos [SCM-JIN-2/2024] deberá de agregarse el cuaderno de antecedentes referido en el inciso 2 (dos):

No.

Expediente

Parte actora

Autoridad responsable

  1.            

SCM-JIN-2/2024

Partido Acción Nacional, a través de Luis Fernando Sánchez Nava quien se ostenta como su representante propietario ante el 01 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

01 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

  2.            

SCM-JIN-3/2024

Partido Acción Nacional, a través de Francisco Issac Espíndola García quien se ostenta como su representante propietario ante el 02 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

02 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

  3.            

SCM-JIN-4/2024

Partido Acción Nacional, a través de Gabriel López León quien se ostenta como su representante propietario ante el 03 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

03 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

  4.            

SCM-JIN-5/2024

Partido Acción Nacional, a través de Sergio Ricardo Álvarez Ponce de León quien se ostenta como su representante propietario ante el 04 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

04 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

  5.            

SCM-JIN-6/2024

Partido Acción Nacional, a través de Emilio Efrén González Pineda quien se ostenta como su representante propietario ante el 05 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

05 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

  6.            

SCM-JIN-7/2024

Partido Acción Nacional, a través de Arturo Belmont Palacios quien se ostenta como su representante propietario ante el 06 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

06 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

  7.            

SCM-JIN-8/2024

Partido Acción Nacional, a través de Gabriel Córdova Esteva quien se ostenta como su representante propietario ante el 07 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

07 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

  8.            

SCM-JIN-9/2024

Partido Acción Nacional, a través de Jennyfer Llaryfh Cervantes López quien se ostenta como su representante propietaria ante el 08 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

08 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

  9.            

SCM-JIN-10/2024

Partido Acción Nacional, a través de Roberto Gil Ramírez Vázquez quien se ostenta su representante propietario ante el 09 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

09 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

 10.          

SCM-JIN-11/2024

Partido Acción Nacional, a través de Sebastián Ruíz Rosales quien se ostenta como su representante propietario ante el 10 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

10 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

 11.          

SCM-JIN-12/2024

Partido Acción Nacional, a través de Luis Juárez Miranda quien se ostenta como su representante propietario ante el 11 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

11 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

 12.          

SCM-JIN-13/2024

Partido Acción Nacional, a través de Eduardo Genaro Arcos Resendiz quien se ostenta como su representante propietario ante el 12  Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

12 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

 13.          

SCM-JIN-14/2024

Partido Acción Nacional, a través de Jordi Guevara Hernández quien se ostenta como su representante propietario ante el 13 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

13 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

 14.          

SCM-JIN-15/2024

Partido Acción Nacional, a través de Cesar Ruiz Roque quien se ostenta como su representante propietario ante el 14 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

14 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

 15.          

SCM-JIN-16/2024

Partido Acción Nacional, a través de Rodolfo Lujan Juárez quien se ostenta como su representante ante el 16 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

16 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

 16.          

SCM-JIN-17/2024

Partido Acción Nacional, a través de José Ignacio Mena Ibañez quien se ostenta como su representante propietario ante el 17 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

17 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

 17.          

SCM-JIN-18/2024

Partido Acción Nacional, a través de José Luis Nieves Hernández quien se ostenta como su representante propietario ante el 18 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

18 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

 18.          

SCM-JIN-19/2024

Partido Acción Nacional, a través de Rafael David Sánchez Lezama quien se ostenta como su representante propietario ante el 20 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

20 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

 19.          

SCM-JIN-20/2024

Partido Acción Nacional, a través de  Jeisira Layla Godínez Salinas quien se ostenta como su “representante propietario” ante el 22 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

22 Consejo Distrital del INE en la Ciudad de México

 

SEGUNDO. Turno. Turnar los expedientes al magistrado en funciones Luis Enrique Rivero Carrera para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley de Medios.

TERCERO. Agregar acuerdo. Instruir a la Secretaría General de Acuerdos realizar las acciones necesarias para que se agregue a los expedientes referidos en el punto primero anterior la impresión de la representación gráfica firmada electrónicamente de este acuerdo, mientras que las respectivas constancias de notificación únicamente deberán ser agregadas al expediente del juicio SCM-JIN-2/2024.

CUARTO. Requerimiento. Requerir a los Consejos Distritales que una vez notificado este acuerdo, de inmediato y bajo su más estricta responsabilidad realicen el trámite previsto en los artículos 17 y 18 de la Ley de Medios, en los términos precisados.

Notificar por correo electrónico a los Consejos Distritales, acompañando la documentación correspondiente, por estrados a la parte actora y demás personas interesadas y hacerlo del conocimiento público en la página de internet de este órgano jurisdiccional. Asimismo, para los efectos legales correspondientes se informa que el aviso de privacidad simplificado e integral puede ser consultado en el siguiente vínculo https://www.te.gob.mx/transparencia/front/Avisos_privacidad en los apartados titulados “Medios de impugnación en materia electoral” y “Medios de impugnación: recurso de apelación, juicio de inconformidad y el recurso de reconsideración”; si se quiere tener acceso directo al primer aviso integral referido puede verse en la siguiente dirección electrónica: https://www.te.gob.mx/transparencia/media/pdf/f651b89c8529f95.pdf.

Así lo acuerdo y firmo, ante la secretaria general de acuerdos quien autoriza y da fe.

RÚBRICAS

[1] Entre las 23:40 (veintitrés horas con cuarenta minutos) y las 23:49 (veintitrés horas con cuarenta y nueve minutos).

[2] Referidos en lo sucesivo como: Consejos Distritales.

[3] Referida en lo sucesivo como: Ley de Medios.

[4] De la Sala Superior por el que emitió los lineamientos para el turno aleatorio de los medios de impugnación que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 (veintitrés) de mayo de 2022 (dos mil veintidós).

[5] […]

(v) Efectos de las designaciones: funcionamiento y turno.

Las anteriores designaciones tienen efectos a partir de la aprobación de esta determinación y hasta que el Senado de la República realice la designación de las magistraturas regionales vacantes.

En ese sentido, las magistraturas provisionales designadas tendrán todas las facultades y obligaciones establecidas en las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias para las magistraturas regionales, lo cual implica la instrucción y resolución de los asuntos que les sean turnados.

Por tanto, el turno se hará de forma regular, en términos del artículo 70, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.