Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

Turno de Expedientes


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EXPEDIENTE:
SM-AG -50 -2024
ACTOR:
EDILIA PALAFOX GONZÁLEZ
RESPONSABLE:
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
AUTO DE TURNO:

Monterrey, Nuevo León, a 6 de julio de 2024.

I. DOCUMENTACIÓN DE CUENTA:

La Secretaria General de Acuerdos da cuenta a la Magistrada Presidenta de este órgano jurisdiccional con el escrito de demanda  presentado por Edilia Palafox González, a fin de controvertir la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza en el expediente TECZ-JDC-27/2024 y acumulados que, entre otras cuestiones, confirmó el acuerdo IEC/CME-RAP/030/2024 emitido por el Comité Municipal de Ramos Arizpe, por el cual realizó la asignación de la sindicatura de primera minoría y de regidurías por el principio de representación proporcional; particularmente, en lo relativo a la designación de Esthela Flores Herrera como regidora por ese principio. 

II. SE ACUERDA:

a. Integración de expediente. Ante la identificación expresa que la parte actora realiza en la demanda en cuanto a la presentación de juicio de revisión constitucional electoral y/o juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, como vías de impugnación intentada para controvertir el acto señalado en la cuenta, lo procedente es integrar el expediente respectivo como asunto general y registrarlo en el Libro de Gobierno con la clave indicada al rubro. Lo anterior, sin perjuicio de que la magistratura ponente proponga al Pleno de esta Sala una vía distinta, de conformidad con lo previsto en el punto Tercero, párrafos quinto y sexto, del ACUERDO GENERAL 2/2022 DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL TURNO ALEATORIO DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN .

b. Turno ordinario. Túrnense los autos a la suscrita Magistrada Presidenta Claudia Valle Aguilasocho.

Fundamento jurídico: Artículos 178, fracción III; 185, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación  y 70, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación .  

c. Requerimiento. Envíese a la autoridad responsable copia del escrito de demanda para que de manera inmediata: i. lo publicite y ii. remita las constancias respectivas. Lo anterior, sin perjuicio de que, transcurrido el plazo de publicitación, remita la razón de retiro respectiva y, en su caso, los escritos de tercerías que se presenten. Asimismo, se solicita atentamente que, en el escrito en el que se desahogue este requerimiento, se mencione la clave del presente expediente federal.

Fundamento jurídico: Artículos 17, párrafo 1, inciso b) y 18, párrafo 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Material Electoral .

d. Invitación para señalar dirección de correo electrónico. Se hace del conocimiento de la ciudadanía y de los órganos de los partidos políticos que, si desean recibir por correo electrónico las notificaciones que provengan del expediente en el que son parte, pueden solicitarlo, precisando la cuenta correspondiente, de acuerdo con las opciones siguientes: 

i.Preferentemente, deberán crear una cuenta de correo electrónico institucional, para lo cual basta seguir los pasos siguientes:

•Ingresar a la página oficial de internet de este Tribunal https://notificaciones.tribunalelectoral.gob.mx/login/signUp, y capturar en el formulario los datos que ahí se solicitan: personales (nombre, apellidos, contraseña de la cuenta que se crea y fecha de nacimiento); de domicilio (calle, colonia y código postal); y de la cuenta (correo personal al que llegarán los avisos cuando reciba una notificación y tipo de solicitud —por propio derecho, como abogado postulante o como funcionario—).

•El sistema generará la cuenta de correo electrónico de forma automática y les enviará un correo electrónico (a la dirección de correo particular que hubiesen proporcionado en el formulario) con los datos de acceso (el nombre de usuario o usuaria y la contraseña que hayan capturado). 

ii.De manera excepcional, podrán señalar una cuenta de correo particular. 

La solicitud puede estar contenida en el escrito de demanda o en cualquier otra promoción que se presente en original ante la Oficialía de Partes de esta Sala Regional, la cual deberá estar firmada de manera autógrafa por quien la suscriba, pudiéndose remitir mediante el uso del servicio de mensajería especializada. Si se designa más de una dirección de correo electrónico, se podrá tomar en consideración solamente una de ellas, privilegiando, de ser el caso, alguna cuenta institucional que se haya señalado.

Las y los justiciables que soliciten esta forma de notificación tienen la responsabilidad de revisar, en todo momento, sus correos.

Fundamento jurídico: Punto SEXTO del ACUERDO GENERAL 2/2023 DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN QUE REGULA LAS SESIONES DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL Y EL USO DE HERRAMIENTAS DIGITALES .

NOTIFÍQUESE. Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta de la Sala Regional de este Tribunal, correspondiente a la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal, ante la Secretaria General de Acuerdos, que autoriza y da fe