Turno de Expediente
Turno de Expedientes
Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, seis de marzo de dos mil veinticinco.
La Secretaria General de Acuerdos da cuenta a la Magistrada Presidenta con el oficio TEEO/SG/251/2025 y sus anexos, recibido este día, suscrito por el Secretario General del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca con el que remite, entre otra documentación, los escritos de presentación y de demanda, por los cualesEucario Cruz Juárez y otras personas,auto adscribiéndose como ciudadanos indígenas zapotecos y ostentándose el primero de ellos como agente municipal en funciones de la agencia Los Naranjos Esquipulas del municipio de San Pedro Pochutla en el citado estado, promueven juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, a fin de controvertir la sentencia de diecinueve de febrero del año en curso dictada por el aludido Tribunal, en el expediente JDCI/24/2025 que, entre otras cuestiones, modificó la convocatoria emitida por el referido ayuntamiento, dejando únicamente los elementos relativos a la fecha, hora y lugar en que debe celebrarse la Asamblea General Comunitaria de elección con el fin de que la comunidad determine, conforme a sus usos y costumbres, el método y procedimiento de elección de sus autoridades.
Con fundamento en los artículos 264, 265, fracción III, 272, fracciones I, IV y VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; relacionados con los numerales 51, fracción I, 52, fracción I, 53, fracción I, y 70, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; así como en el Acuerdo General 2/2022 de la Sala Superior de este Tribunal Electoral, SE ACUERDA:
PRIMERO. Con la documentación de cuenta, intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave SX-JDC-209/2025.
SEGUNDO. Para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, túrnese el expediente a la ponencia de la suscrita Magistrada Presidenta, de conformidad con el turno aleatorio asignado por el Sistema de Información de la Secretaría General de Acuerdos.
TERCERO.Se hace del conocimiento la parte actora la opción de ser notificada de manera electrónica, previa solicitud a esta Sala Regional, en la que señale una cuenta de correo institucional creada para tal efecto, en términos de lo establecido en los artículos 9, párrafo cuarto y 29, apartado quinto, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, así como en el Acuerdo General 1/2018 de la Sala Superior de este Tribunal, en cuyo anexo 1, punto 3.1, dispone que: para obtener la cuenta institucional, la parte interesada deberá ingresar a la página de internet del Tribunal: http://notificaciones.tribunalelectoral.gob.mx/main.php, acceder al Sistema y seleccionar la opción “Crear nueva cuenta”.
CUARTO. De conformidad con los artículos 43 al 47 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, se hace del conocimiento de la parte actora, que en todo momento tiene el derecho de solicitar a este Tribunal el acceso, rectificación, cancelación u oposición (derechos ARCO) al tratamiento de sus datos personales que le conciernen, lo cual podrá consultar en el aviso de privacidad integral y simplificado de manera presencial en las instalaciones de este órgano jurisdiccional, y de manera electrónica a través de la página de internet: https://www.te.gob.mx/transparencia/.
NOTIFÍQUESE como en Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la Magistrada Eva Barrientos Zepeda, Presidenta de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante la Secretaria General de Acuerdos, Mariana Villegas Herrera, quien autoriza y da fe. Rúbricas.