Turno de Expediente
Turno de Expedientes
Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, trece de marzo de dos mil veinticinco.
La Secretaria General de Acuerdos da cuenta a la Magistrada Presidenta con el oficio, recibido este día, signado por el secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el estado de Campeche, por el que entre otras cuestiones, requiere el informe justificado del juez de control del Primer Distrito Judicial de la referida entidad federativa así como del juez de control de la Sala Regional Zona Sur del estado de Veracruz, lo anterior, relacionado con el incidente de suspensión relativo al juicio de amparo indirecto 109/2025, promovido por José Alejandro Puc Aguilar, por propio derecho contra actos de las citadas autoridades.
Tomando en consideración que el presente cuaderno de antecedentes se formó el veintiocho de febrero del año en curso, con motivo de diversa documentación del mismo remitente, dirigida a un juez de control de la Sala Regional Zona Sur del estado de Veracruz, autoridad distinta a esta Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; con fundamento en lo previsto en los artículos, 265, fracción XVI, así como 272, fracciones I, VIII y XII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, relacionados con los numerales 51, fracción I, 53, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:
ÚNICO. Se instruye a la Secretaría General de Acuerdos de esta Sala Regional, devuelva como corresponda a la autoridad remitente las constancias de cuenta, previa copia certificada que obre en el archivo jurisdiccional.
NOTIFÍQUESE como en Derecho corresponda
Así lo acordó y firma la Magistrada Eva Barrientos Zepeda, Presidenta de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante la Secretaria General de Acuerdos, Mariana Villegas Herrera, quien autoriza y da fe. Rúbricas.
Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con el numeral segundo del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.