Turno de Expediente
Turno de Expedientes
Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, veinte de marzo de dos mil veinticinco.
La Secretaria General de Acuerdos da cuenta a la Magistrada Presidenta con la cédula de notificación electrónica y su anexo, recibida este día, en la cuenta salaregional.xalapa@notificaciones.tribunalelectoral.gob.mx, por la cual se notifica a esta Sala Regional la sentencia emitida el inmediato diecinueve por la Sala Superior de este Tribunal Electoral, respecto de los recursos de revisión del procedimiento SUP-REP-32/2025 y acumulados.
Tomando en consideración que la documentación de cuenta solamente es con fines informativos; con fundamento en lo previsto en los artículos, 265, fracción XVI, así como 272, fracciones I, VIII y XII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, relacionados con los numerales 51, fracción I, 53, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:
ÚNICO. Se tiene por recibida, la cédula de notificación electrónica y su anexo, la cual se ordena sea agregada al cuaderno de antecedentes en que se actúa, para los efectos legales conducentes.
NOTIFÍQUESE como en Derecho corresponda
Así lo acordó y firma la Magistrada Eva Barrientos Zepeda, Presidenta de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante la Secretaria General de Acuerdos, Mariana Villegas Herrera, quien autoriza y da fe. Rúbricas.
Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con el numeral segundo del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.