Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

Turno de Expedientes


Julio 2025
Dom Lun Mar Mie Jue Vie Sáb
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031




EXPEDIENTE:
SX-CA -0020 -2025
ACTOR:
LEDA FERRER RUIZ
RESPONSABLE:
TRIBUNAL ELECTORAL DE TABASCO
AUTO DE TURNO:

Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, once de marzo de dos mil veinticinco.

 

La Secretaria General de Acuerdos da cuenta a la Magistrada Presidenta con el oficio TET-SGA-108/2025 y sus anexos, recibido este día, suscrito por la Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral de Tabasco, por el que remite entre otra documentación, el escrito de demanda por el que Leda Ferrer Ruiz, promueve lo que denomina juicio de revisión constitucional electoral a fin de controvertir del aludido Tribunal: a) la sentencia dictada el pasado veinticuatro de febrero, en los expedientes TET-JDC-002/2025-III y sus acumulados que, entre otras cuestiones, vinculó a los Comités de Evaluación del Poder Judicial y del Poder Ejecutivo de la referida entidad federativa para que determine lo conducente respecto de la idoneidad de la ahora promovente como aspirante a candidata a Magistrada en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia, y b) el acuerdo plenario dictado el tres de marzo del año en curso en los expedientes aludidos que declaró como cumplida la resolución anteriormente señalada

 

No obstante que el escrito de demanda se encuentra dirigido a esta Sala Regional, el presente medio de impugnación se encuentra relacionado con la elección de una Magistratura del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tabasco, supuesto no previsto en la competencia de las Salas Regionales; por lo que la competencia podría surtirse en favor de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;con fundamento en lo establecido en los artículos 99, párrafo cuarto, fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 256, fracción I, 264, 265, fracción III, 272, fracciones I, IV y VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; relacionados con los numerales 51, fracciones I, XI, XII y XIV, y 53, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; así como en el Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 1/2025 por el cual se delegan asuntos de su competencia, en materia de procesos electorales vinculados con personas juzgadoras de las entidades federativas, para su resolución en las Salas Regionales, SE ACUERDA:

 

PRIMERO. Con la documentación de cuenta fórmese el respectivo cuaderno de antecedentes físico, así como electrónico en el Sistema de Información de la Secretaría General de Acuerdos y regístrese con el número SX-20/2025.

 

SEGUNDO. Se somete a consideración de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la competencia para conocer y resolver el presente asunto; en consecuencia, póngase a disposición de dicha Superioridad a través del Sistema de Información de la Secretaría General de Acuerdos, el expediente electrónico, para los efectos legales conducentes, así como los documentos que se generen con motivo del trámite del presente asunto.

 

TERCERO. El original del cuaderno de antecedentes en que se actúa deberá quedar en resguardo del archivo de esta Sala Regional, al que deberán agregarse los originales de las actuaciones y documentos que se reciban con posterioridad, mientras no se resuelva sobre el planteamiento de competencia para conocer del juicio.

 

CUARTO. Se ordena a la Secretaría General de Acuerdos de esta Sala Regional que toda la documentación recibida de manera física, relacionada con el trámite y sustanciación del presente asunto, sea agregada al cuaderno respectivo; asimismo, dicha documentación deberá ser digitalizada para que obre en el expediente electrónico.

 

NOTIFÍQUESE; como en Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Eva Barrientos Zepeda, Presidenta de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante la Secretaria General de Acuerdos, Mariana Villegas Herrera, quien autoriza y da fe. Rúbricas.

 

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con el numeral segundo del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.