Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

Turno de Expedientes


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EXPEDIENTE:
SX-JRC -0293 -2024
ACTOR:
PARTIDO POLÍTICO LOCAL ESPACIO DEMOCRÁTICO DE CAMPECHE Y OTROS
RESPONSABLE:
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
AUTO DE TURNO:

México, catorce de marzo de dos mil veinticinco.

 

La Secretaria General de Acuerdos da cuenta a la Magistrada Presidenta con el oficio SECG-AJCG/060/2025 y sus anexos, recibido este día en la cuenta cumplimientos.salaxalapa@te.gob.mx, suscrito por la Secretaria Ejecutiva del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche,remite documentación relacionada con lo ordenado en la sentencia emitida en los expedientes al rubro indicados.

 

Con fundamento en los artículos 264, 265, fracciones III y XVI, así como 272, fracciones I, IV, VIII y XII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; relacionado con los numerales, 51, fracción I, 53, fracción I, y 70, fracción VIII, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:

 

ÚNICO. Túrnese la documentación de cuenta junto con los expedientes respectivos a la ponencia a cargo de la suscrita Magistrada Presidenta, quien fungió como instructora y ponente en los asuntos en que se actúa, para que determine lo que en derecho proceda.

 

NOTIFÍQUESE como en Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Eva Barrientos Zepeda, Presidenta de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, ante la Secretaria General de Acuerdos, Mariana Villegas Herrera, quien autoriza y da fe. Rúbricas.

 

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con el numeral segundo del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.