Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

Turno de Expedientes


Julio 2025
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EXPEDIENTE:
SX-JDC -0204 -2025
ACTOR:
GILBERTO CORTÉS PUCHETA
RESPONSABLE:
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR CONDUCTO DE LA VOCALÍA RESPECTIVA DE LA 19 JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA, EN EL ESTADO DE VERACRUZ
AUTO DE TURNO:

Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, doce de marzo de dos mil veinticinco.

 

La Secretaria General de Acuerdos da cuenta a la Magistrada Presidenta con el oficio INE/JD19-VER/0736/2025 y sus anexos, recibido este día, en la cuenta cumplimientos.salaxalapa@te.gob.mx, suscrito por la Vocal del Registro Federal de Electores de la 19 Junta Distrital Ejecutiva en el estado de Veracruz del Instituto Nacional Electoral,por el que remite documentación relacionada con el expediente al rubro indicado.

 

Con fundamento en los artículos 264, 265, fracciones III y XVI, así como 272, fracciones I, IV, VIII y XII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; relacionado con los numerales, 51, fracción I, 53, fracción I, y 70, fracción VIII, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:

 

ÚNICO. Túrnese la documentación de cuenta junto con el expediente respectivo a la ponencia a cargo del Magistrado Enrique Figueroa Ávila, quien fungió como instructor y ponente en el asunto en que se actúa, para que determine lo que en derecho proceda.

 

NOTIFÍQUESE como en Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Eva Barrientos Zepeda, Presidenta de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante la Secretaria General de Acuerdos, Mariana Villegas Herrera, quien autoriza y da fe. Rúbricas.

 

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con el numeral segundo del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.