INEXISTENCIA DE UNA VIOLACIÓN EN MATERIA DE PROPAGANDA POLÍTICO-ELECTORAL; publicada en la Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, año 9, número 19, 2016, pp. 35 y 36.]
Adicionalmente, en concepto de la actora, el desechamiento no se ...
términos de los artículos 333, fracción IV y 346, fracción, I, de la Ley electoral local , la queja será improcedente y podrá desecharse de plano cuando los hechos denunciados no constituyan, de manera evidente, violación en materia de propaganda político electoral dentro de un proceso electivo.
De ...