mediante la declaración de revocación de mandato a los integrantes de la CNHJ. [8: Según lo previsto en los artículos 14 bis, apartado C, numeral 2; 36; 40; y 41, cuarto párrafo inciso c), de los Estatutos de MORENA.]
Así, de conformidad con el diverso 40 de los Estatutos de MORENA, se prevé que el ...
Consejo Nacional cuenta con la atribución de revocar el mandato de los integrantes del órgano de justicia partidista, cuando se apruebe por lo menos, con las dos terceras partes del Consejo Nacional, de los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional, o de estos en su conjunto, previa fundamentación y ...