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Rubro(s) de la Jurisprudencia

  1. ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD EN MATERIA ELECTORAL. FORMA EN QUE OPERA LA SUPLENCIA DEL ERROR.

Texto completo de la jurisprudencia

"Tesis: P. XXXVI/2006 Página: 540 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD EN MATERIA ELECTORAL. FORMA EN QUE OPERA LA SUPLENCIA DEL ERROR. El rigor exigido por el principio de congruencia para analizar sólo el problema planteado en función del precepto constitucional que se estime violado no debe llegar al punto de una especificidad tal que haga nugatorio el sistema de suplencia del error, pues bastará con que el promovente indique el precepto constitucional que a su juicio resulta vulnerado o, en su caso, las referencias necesarias para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ubique la norma que aduce como infringida, para que se satisfaga la exigencia legal relativa que permita resolver con toda precisión solamente sobre ese aspecto. Acción de inconstitucionalidad 30/2005. Partido de la Revolución Democrática. 8 de noviembre de 2005. Mayoría de siete votos. Ausente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Disidentes: José de Jesús Gudiño Pelayo, Sergio A. Valls Hernández y Juan N. Silva Meza. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretario: Alfredo Villeda Ayala. El Tribunal Pleno, el cuatro de abril de dos mil seis, aprobó, con el número XXXVI/2006, la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a cuatro de abril de dos mil seis."
Acción Relacionada